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Deducciones fiscales en el Impuesto de la Renta de Personas Físicas

AFANIAS CASTELLÓN es una entidad sin ánimo de lucro acogida a la Ley 49/2002 de 23 de Diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo y que reconoce el derecho del donante a la deducción ante la Agencia Tributaria.

La ley de IRPF establece tres casos para los donantes particulares, que debemos tener en cuenta para nuestra declaración de la Renta:

1. Los primeros 250 € donados tienen una deducción del 80 %.

2. El resto de las donaciones que se sitúen por encima de los 150 € desgravan un 40 %.

3. Las donaciones recurrentes deducen un 45 %. Esto es, cuando un particular dona la misma cantidad o una cantidad superior a la misma organización en los dos años anteriores.

Deducciones fiscales en el Impuesto de Sociedades

Las donaciones a Asociaciones pueden dar lugar a deducciones fiscales, siempre y cuando la entidad esté adscrita en la Ley 49/2002.

El porcentaje de deducción en cuota en el Impuesto sobre Sociedades es del 40% (con el límite del 10% de la base imponible). Esta deducción se incrementa al 50% para las donaciones realizadas a una misma entidad por el mismo o superior importe durante al menos cuatro años.

La base de la deducción de estos donativos, no podrá exceder del 15 por 100 de la base liquidable.

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